Alertas Jurídicas jueves , 28 marzo 2024
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No pueden prevalecer razones de ahorro económico para justificar la denegación de un tratamiento farmacológico

 El TSJCyL condena a Muface a abonar a un paciente con hepatitis C el gasto de su tratamiento durante 24 semanas.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una sentencia en la que se condena a Muface al reintegro del gasto de farmacia durante 24 semanas del tratamiento con los medicamentos necesarios para un paciente con hepatitis C. 

La Sala entiende que el tratamiento debe ajustarse a esos plazos, según el criterio de las doctoras que trataban al enfermo y por las circunstancias concretas que concurrían, frente a las 12 semanas de tratamiento que con carácter general se contempla en la estrategia terapéutica de priorización para el uso de antivirales de acción directa para tratar la hepatitis crónica por virus C en el ámbito del Sistema Nacional de Salud. 

La Sala dicta la resolución atendiendo a las guías clínicas existentes, sin que la Administración hubiera acreditado que el criterio de las facultativas fuera erróneo e irracional, no pudiendo prevalecer razones de ahorro económico para justificar la denegación de un tratamiento cuando ello puede incidir decisivamente en el derecho fundamental garantizado en el artículo 15 de la Constitución Española, como sucedería en este caso.

Comunicación Poder Judicial

 

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