El 1 de enero de 2015 entrará en vigor la reforma fiscal ya aprobada. Aún queda todo el mes de diciembre para poder optimizar nuestra factura fiscal adelantando o retrasando operaciones. A algunas de ellas nos referiremos en esta editorial.
Para contribuyentes con rentas inferiores a 24.107 euros que vayan a acceder al alquiler de una vivienda, mejor firmar el contrato antes del 1 de enero de 2015. La deducción en el IRPF de hasta el 10,05% del importe destinado al alquiler de una vivienda habitual desaparece con la reforma fiscal.
La reforma fiscal elimina la diferencia en el IRPF entre plusvalías generadas en periodo inferior o superior a un año. A partir del 1 de enero, todas las plusvalías se integran en la base imponible del ahorro por lo que para el contribuyente que tenga intención de vender algún
elemento patrimonial adquirido hace menos de un año le puede resultar más ventajoso retrasar la operación y tributar al tipo del ahorro del IRPF y no al tipo general.
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