AUTOR: Luis Tomás Romo Casas es Socio Director en Ponter Abogados y Asesores.
EN BREVE:
El Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, establece para las empresas y trabajadores autónomos: moratorias de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social, de seis meses, sin interés y aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social con aplicación un interés del 0.5%.
DESTACADOS:
- “Aquellos autónomos a los que se les reconozcan la prestación extraordinaria por cese en la actividad, les serán devueltas las cuotas satisfechas de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social”
- “La empresa o el autónomo que actúe a través de un profesional o de un terceropodrá tramitarlo a través del mismo sin necesidad de ningún tipo de apoderamiento específico para ello”
- “Los autorizados RED estarán habilitados para gestionar los aplazamientos en el pago de deudas, las moratorias en el pago de cotizaciones y las devoluciones de ingresos indebidos”
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