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NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA EL AÑ 2004
El recargo del 10% por ingreso fuera de plazo sin requerimiento previo en el I.R.P.F. tiene naturaleza sancionadora y se aplica en dos grados distintos, atendiendo a la gravedad de la transgresión de dicho plazo.
LOS MODELOS DE LA AGENCIA
La suspensión automática de las sanciones en vía administrativa se prolonga durante la sustanciación del proceso en sede judicial sin necesidad de prestar caución.
Modelo de escrito solicitando que los actos de instrucción se practiquen en días, horas o lugares distintos a los señalados e indicando otros compatibles con sus obligaciones laborales.
No interrumpe la prescripción la interposición de un recurso de reposición contra una providencia de apremio que ha sido declarada nula por falta de notificación de la liquidación.
Es nula la providencia de ampliación de embargo que no identifica suficientemente el nuevo débito tributario en virtud del cual se decreta dicha ampliación.
La culpabilidad del contribuyente debe probarse caso por caso en función de las circunstancias concurrentes y la carga de la prueba recae siempre sobre la Administración.
La mera opinión particular del funcionario ante el que se presentó la autoliquidación del impuesto no supone la vulneración de la doctrina de los actos propios, puesto que no vincula a la Administración.