El nuevo gravamen sobre las gasolinas, aprobado a través de una enmienda incluida en la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, introduce el nuevo impuesto minorista que gravará el consumo de las gasolinas para financiar parte del gasto sanitario cuya entrada en vigor se inició el pasado 1 de enero de 2002.
Este nuevo tributo -impuesto con el rechazo de Asturias, Aragón, Andalucía, Castilla-La Mancha, Baleares y Extremadura-, representará un incremento de 4 pesetas por litro de gasóleo o de gasolina en el tramo estatal, y se estima que supondrá una recaudación por parte del Gobierno de unos 136.000 millones de pesetas, que se cederán a las Comunidades Autónomas según vaya recibiendo la transferencia del gasto sanitario. Asímismo, dichas Comunidades Autónomas podrán aumentar, de forma progresiva, el tramo sobre el que tienen capacidad normativa, que supondrá como máximo 1,6 pesetas en 2002, y que podrá ampliarse en 1,2 pesetas adicionales en el 2003 y otras 1,6 pesetas en el 2004. A mayor abundamiento, la cantidad que gestionarán las Comunidades podrá destinarse también a realizar proyectos medioambientales.
Los partidarios del nuevo gravamen manifiestan que la fiscalidad de los carburantes en España se encuentra un 20% por debajo de la media Europea, incluso con este nuevo tributo. Y recuerdan que un gravamen similar ya está funcionando en otros países vecinos, como Alemania, Austria o Italia. Asímismo, recuerdan que, en materia de hidrocarburos, el impuesto permanece inalterable desde hace tres años.
Desde estas líneas queremos manifestar lo desafortunado de este nuevo gravamen. En nuestro entender, su imposición supone, una vez más, faltar a la verdad en relación a la reiterada promesa electoral sobre la disminución de la presión fiscal. Si bien es cierto que varias Comunidades, como Madrid, Cataluña, País Vasco y Navarra, superan el nivel de renta media de la Unión Europea (en Madrid con el 112% de la renta media comunitaria) la realidad es que, en materia de técnica tributaria, el incremento de los impuestos indirectos-recordemos, los que gravan el consumo y no la capacidad económica del sujeto pasivo- contradice directamente los tan nombrados principios constitucionales que configuran nuestro sistema tributario, es decir: los principios de progresividad, capacidad contributiva, igualdad, no confiscatoriedad, asignación equitativa de los gastos públicos y transparencia en su distribución (Artículo 31 de la Constitución de 1978)
A modo de conclusión, podemos resumir la polémica en que una parte de la sanidad en nuestro país se financiará mediante la gasolina, cuando lo procedente sería que se realizara mediante la correspondiente partida presupuestaria. Y finalmente, en la práctica, los consumidores nos veremos obligados a soportar, sobre cada litro de gasolina, multitud de conceptos impositivos: el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos vigente hasta este momento, el I.V.A. correspondiente (16%) y ahora este nuevo tributo.
La situación es, cuando menos, incoherente: en momentos en que, desde el Gobierno, se nos insiste en el esfuerzo que se está realizando de cara a la próxima reforma de la imposición directa – rebaja de los tramos del I.R.P.F. e inclusión de ayudas destinadas a la vivienda, a las familias y a los contribuyentes con rentas más bajas, entre otras- lo que ocurre es que, a través de ésta y otras técnicas prácticamente contrarias a los principios básicos se aumenta la presión fiscal sobre los consumidores.
Por tanto, estimados lectores, compañeros profesionales del asesoramiento fiscal: no olviden estar pendientes, a partir de esta próxima primavera, de la actualidad en nuestra materia. Sin dejar de tener en cuenta, también, la profunda reforma del sistema fiscal español que abordará la modificación de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.
Estaremos a la espera de estas próximas y cruciales modificaciones, para mantenerles como siempre informados.
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