Como todos los años por estas fechas, junto con las rebajas y la resaca de los excesos navideños, el pasado 1 de enero entraron en vigor las Leyes 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, y la Ley 24/2001, ambas de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Desde esta redacción, no podemos evitar dedicar estas líneas a realizar unos breves comentarios sobre las reformas fiscales introducidas por el Gobierno para este año 2002.
No obstante, debemos tener en cuenta que algunas de las novedades, como la relativa a la posibilidad de compensación de cuotas entre los contribuyentes casados -cumpliendo una serie de requisitos-, no serán todavía de aplicación en la declaración de I.R.P.F. correspondiente al ejercicio 2001, es decir, en la próxima campaña de renta de mayo-junio de 2002.
En nuestra opinión, estas medidas reflejan que el Ejecutivo sigue primando el ahorro y la inversión por encima de otras prioridades, olvidando las tan nombradas políticas de incentivos para las familias numerosas y de apoyo a la vivienda. El famoso «Plan Integral de Apoyo a la Familia 2001-2004» no ha pasado de ser más que una declaración teórica de intenciones, puesto que la realidad es que en la Ley de Presupuestos no se ha dedicado ni una sola partida económica a este tipo de ayudas. En la actualidad, la política tributaria española de ayudas a la familia es de las más bajas de la Unión Europea.
Las familias sólo pueden beneficiarse de dos tipos de ayudas: un incentivo directo de 24 euros mensuales (sí, han realizado correctamente sus cálculos, 4.035 ptas.) sujeto al límite de que los ingresos familiares no superen los 7.744 euros anuales. Ello comporta que, en la práctica, sólo podrán acogerse a estas ayudas las rentas bajas, que prácticamente rozan el límite del salario mínimo interprofesional.La gran mayoría de la población, con salarios medios, no podrá acogerse a ningún tipo de ayuda directa. Únicamente tendrán derecho a las reducciones en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que, recordemos, están fijadas en 1.200 euros (200.000 ptas.) por hijo a cargo y en 1.803 euros (300.000 ptas.) a partir del tercer hijo y siguientes.
En nuestros vecinos europeos, además de duplicar y triplicar esta cifra, no se establece límite de ingresos. En Francia, sin ir más lejos, una familia con cuatro hijos ingresa 375 euros (62.395 ptas. mensuales) sin computarse los ingresos de los padres. Por no hablar de los países nórdicos. Sólo en Grecia e Italia existe un nivel de ayudas similar a las nuestras.
En base a ello, no parece descabellado afirmar que se trata más bien de ayudas contra la pobreza que de incentivos para fomentar la natalidad. El Gobierno suprime el límite conjunto de las aportaciones para planes de pensiones individuales y de empleo, e incrementa este límite para las personas próximas a la jubilación. Pero, ¿qué tipo de aportaciones a su plan de pensiones pueden realizar los padres de familias numerosas, a lo largo del año, que además no podrán beneficiarse de ningún tipo de desgravaciones por alquiler de vivienda?
En materia de vivienda, la situación no es mucho más optimista. A pesar de que se mantiene la deducción por alquiler para los contratos anteriores al 24 de abril de 1998, también es evidente que lo que el Gobierno trata de fomentar es la inversión y adquisición de inmuebles. La inexistencia de incentivos al alquiler ha provocado un encarecimiento del ya de por sí reducido mercado de alquiler, lo cual, unido a otros factores, repercute en los colectivos con más dificultades de acceso a la vivienda.
El Ejecutivo prevé aprobar un paquete de medidas fiscales antes del verano para que entre en vigor a principios del 2003. Entre otros incentivos, se ha anunciado una rebaja de los tramos del I.R.P.F., la modificación del Impuesto de Actividades Económicas -cuya supresión fue rechazada en el debate parlamentario- y el establecimiento de compensaciones para el alquiler de viviendas. Veremos finalmente en qué se materializan. Estaremos alerta.
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