En febrero del pasado año 2003, el Gobierno español aprobó una resolución que permitía a las empresas sustituir las facturas en papel por facturas electrónicas, enviadas por sistemas informáticos.
Ahora bien, debemos tener en cuenta que sólo las facturas que van acompañadas de la firma digital – con el certificado expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y otras entidades autorizadas – son válidas ante la Agencia Tributaria como sustitutas del papel.
Desde entonces, unas 1.000 compañías han ido incorporando a su contabilidad esta modalidad de documento, según D. Alejandro Sánchez, Director de Comercio electrónico de Aecoc (Asociación Española de Codificación Comercial). Otras 2.100 reciben documentos contables a través de ordenador, pero sin incorporar la firma digital.
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