El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se simplifican los trámites administrativos de la protección por desempleo de forma que se agilice la gestión de la misma
Las principales medidas adoptadas son las siguientes:
– Para acceder a las prestaciones será suficiente el certificado de la empresa cumplimentado por el empresario para acreditar que el cese del trabajador ha sido involuntario.
– Con carácter general, los expedientes de prestaciones pasarán de precisar unos ocho documentos justificativos, como media, a sólo uno o dos: solicitud y, en su caso, certificado de empresa.
– Se elimina la retención de los diez primeros días de prestación o subsidio, con lo que los trabajadores percibirán íntegramente su nómina.
– La solicitud de las prórrogas del subsidio de desempleo y la declaración anual de rentas de los perceptores del subsidio de mayores de 52 años podrán realizarse con sólo enviar por correo una declaración de su situación de rentas y familiar. Esta medida beneficiará a unos 360.000 trabajadores al año, que realizan estos trámites a través de las oficinas.
– Se podrá solicitar de una sola vez, de forma única por todo el período de prestación o agrupada mensualmente, la reanudación de las prestaciones en el caso de los colectivos de trabajadores que alternen a lo largo del mes varios períodos de trabajo y desempleo. Esta medida simplifica la tramitación de los derechos de 100.000 trabajadores anualmente.
#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}
#cortardivhglobal{display: none !important;}
¿Quieres seguir leyendo?
Suscríbete a Fiscal al día desde