Con el acuerdo con el Gobierno, sindicatos y organizaciones empresariales, se han fijado las principales líneas de actuación en relación con la acción protectora a las situaciones de dependencia.
Las personas en situación en dependencia, básicamente personas mayores y personas con discapacidad, suman 1.300.000 personas actualmente en España y junto a ellas ha de sumarse a sus familias como principales beneficiarias de las nuevas acciones.
El nivel de dependencia de cada persona se medirá en tres grados de dependencia: dependencia moderada (cuando la persona necesita ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día); dependencia severa (cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere de la presencia permanente de un cuidador); y gran dependencia (cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita la presencia indispensable y continua de otra persona). Cada uno de estos grados de dependencia se clasificará en dos niveles. Los criterios para determinar cuál es el nivel de dependencia se efectuarán en base a un baremo común en todo el territorio del Estado.
Los servicios que se presten se basarán en dos modalidades:
– Servicios para la promoción de la autonomía personal que comprende la prevención, la teleasistencia, las ayudas técnicas para la autonomía personal, las ayudas para la adaptación y accesibilidad del hogar y la asistencia personalizada.
– Servicios de atención y cuidado: Servicio de ayuda a domicilio (atención de las necesidades del hogar, cuidados personales), el Servicio de atención en Centros de Día y de Noche (centros para mayores, de atención a menores de 65 años y de atención especializada); y el Servicio de atención en centro residencial (residencias de personas mayores dependientes, centros de atención a personas con discapacidad).
Se contempla la posibilidad de que la persona en situación de dependencia pueda ser atendida en su ámbito familiar y sus cuidadores puedan recibir una compensación económica por ello, variable en función del grado de dependencia e, incluso, los cuidadores puedan incorporarse al Régimen de Seguridad Social que se determine. La cotización empresarial será con cargo al Sistema Nacional de Dependencia.
La financiación del sistema será mixta. Por un lado, la Administración General del Estado aportará durante la implantación del sistema el 50% de la financiación pública del coste nuevo. Además, participarán en la financiación las Comunidades Autónomas y los Entes Locales. Por lo que respecta a los beneficiarios, contribuirán económicamente a la financiación de los servicios de forma progresiva en función de su capacidad económica personal.
El período de implantación del sistema se extenderá desde el 2007 a 2015, fecha en la que estará plenamente implantado. Transcurridos los primeros cinco años se realizará una evaluación de los resultados de la misma.
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