La tarifa pasa de 8 a 6 tramos
Cantabria ha sido la primera de las Comunidades Autónomas en las que se ha modificado sustancialmente la tributación por el Impuesto sobre el Patrimonio ya que, por un lado, se ha incrementado la reducción que sirve de mínimo exento de este Impuesto y se ha modificado sustancialmente la tarifa aplicable.
La reducción que actúa como mínimo exento en la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio pasa de 108.182,18 euros pasa a ser de 150.000 euros en el caso general, de 200.000 euros en el caso de minusvalía superior al 33% e inferior al 65%, y de 300.000 euros en el caso de minusvalía superior al 65%.
Por lo que respecta a la tarifa de gravamen pasa a tener seis tramos por los cuales a una base liquidable de 5.000.000 de euros se le exigen 88.000 euros de cuota íntegra y en adelante se aplica un tipo del 3%. La tarifa estatal que hasta ahora tenía carácter residual, prevé una cuota íntegra de 183.670,29 euros para una base liquidable de 10.695.996,06 euros y en adelante un tipo marginal del 2,5%.
Ejemplos comparativos entre la cuota cántabra y la estatal
Base imponible
Cuota cántabra
Cuota estatal
500.000 euros
800 euros
1.123,45 euros
750.000 euros
2.050 euros
2.373,45 euros
1.000.000 euros
4.750 euros
4.066,72 euros
2.000.000 euros
19.750 euros
15.739,90 euros
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