Sólo hay cinco Comunidades Autónomas que no hayan introducido una deducción para los arrendatarios: Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, La Rioja y Murcia
Las condiciones para beneficiarse de la deducción son muy diferentes de una Comunidad Autónoma a otra. En unos casos sólo pueden beneficiarse de la ventaja fiscal los menores de una determinada edad y en otras los colectivos son más amplios incluyendo familias numerosas o minusválidos o mayores de 65 años. También se limita en casi todas las Comunidades Autónomas el importe de la deducción al 10% del importe de la renta satisfecha, y el importe de las rentas percibidas.
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