Tras siete años de batalla, Bruselas se rinde y renuncia a exigir la recuperación de las desgravaciones fiscales concedidas por España a las empresas que adquieren participaciones en el extranjero.
La tregua llega solo tres meses después de que el pasado mes de octubre la Comisión Europea declarase ilegal por tercera vez el régimen fiscal que, según denunciantes europeos, facilitó la expansión internacional protagonizada por empresas españolas como Santander, Telefónica, Iberdrola o Ferrovial.
Esa tercera decisión ampliaba el alcance de las dos anteriores (de 2009 y 2011) para incluir también las operaciones realizadas de manera indirecta a través de un holding. Una precisión que, según fuentes jurídicas, ponía en peligro casi todas las deducciones concedidas por España a las fusiones transfonterizas de los últimos años.
Bruselas, como las otras dos veces, ordenó la devolución inmediata de esas ayudas presuntamente ilegales, con un plazo de cuatro meses para que Hacienda informase sobre el proceso de recuperación. Esa petición, sin embargo, ha quedado suspendido de manera indefinida, según ha comunicado la propia Comisión al Gobierno español.
El giro de la CE llega después de que haya constatado que, de momento, tiene escasas posibilidades de demostrar ante el Tribunal de Justicia Europeo la ilegalidad del régimen fiscal español.
Ese tribunal, en primera instancia, anuló el pasado 7 de noviembre los dos primeros dictámenes de la Comisión. Los jueces concluyeron que, en contra de lo defendido por Bruselas, el régimen fiscal español no estaba destinado a beneficiar a un tipo de empresa en particular sino que ofrecía las mismas ventajas a todo tipo de sociedades.
Cinco Días (6/3/2015)