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Se modifica la organización y atribución de competencias en el área de recaudación de la AEAT

La Resolución de 1 de abril de 2016, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE del 5), modifica la Resolución de 22 de enero de 2013, sobre organización y atribución de competencias en el área de recaudación.

La Resolución justifica la modificación en necesidad de adaptar las normas que determinan las competencias en el ámbito recaudatorio en que se recogen en la Resolución de 22 de enero de 2013 con motivo de la reciente promulgación y entrada en vigor de la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria que incorpora dos nuevos Títulos:

– Título VI (Actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos en supuestos de delito contra la Hacienda pública) y

– Título VII: (Recuperación de ayudas de Estado que afecten al ámbito tributario)

Ambos Títulos introducen y atribuyen nuevas competencias y funciones a los órganos recaudatorios de la Agencia Tributaria en esas materias, suponiendo la referida modificación una trasformación significativa de la actuación encomendada legalmente a dicha entidad por la normativa vigente.

 

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