La Orden ESS/77/2017, de 3 de febrero (BOE del 4), establece para el año 2017 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.
La Orden responde a la necesidad de determinar las bases anuales de cotización de los trabajadores del mar incluidos en los grupos segundo y tercero de cotización, y en ella se determinan, en función de los valores medios de las remuneraciones percibidas en el año 2016, las bases únicas para la cotización por contingencias comunes y profesionales según provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales.
La entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE con efectos desde el día 1 de enero de 2017.
Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de las bases de cotización establecidas en la orden respecto de las cotizaciones que a partir de 1 de enero de 2017 se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas, sin recargo, en el plazo que finaliza el último día del segundo mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».