Tras más de un año de debate, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros ha llegado a un acuerdo sobre los distintos tipos del IVA en publicaciones electrónicas.
Esta semana el Consejo Europeo ha alcanzado un acuerdo tras la propuesta para que los Estados Miembros de la UE apliquen publicaciones electrónicas de tipos del IVA (reducidos, superreducidos o nulo). Con ello, se tiene en cuenta una armonización de las normas del IVA sobre publicaciones físicas y las electrónicas.
Con las actualizaciones normativas del IVA, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea lleva una larga trayectoria previa de sesiones y debates. El día 21 de marzo de 2017, se introdujo la propuesta de aplicar tipos reducidos del IVA en las publicaciones digitales. Posteriormente, el día 16 de junio del mismo año, se volvió a tener un debate sobre las nuevas normas junto con el Presidente del Consejo pero sin llegar a un acuerdo. Casi un año después, el día 25 de mayo de este año tampoco se llegó a un acuerdo ni más tarde el día 13 de julio.
Según las normas que hay vigentes en materia de Derecho Comunitario sobre el IVA (Directiva 2006/112/CE), los servicios que se prestan electrónicamente tienen un tipo normal (mínimo del 15%) mientras que las publicaciones físicas tienen más tipos (5%, menos del 5% o una deducción). Hasta que no haya un sistema del IVA, las nuevas normas se van a aplicar temporalmente permitiendo que haya ahora una mayor flexibilidad de los tipos del IVA.