Alertas Jurídicas viernes , 22 noviembre 2024
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El Consejo de la Unión Europea revisa la lista de países y territorios no cooperadores

El Consejo ha adoptado una lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales.

A los cinco países o territorios que ya figuraban en la lista de la UE de países y territorios no cooperadores se añaden ahora, en la versión revisada, los diez siguientes: Aruba, Barbados, Belice, las Bermudas, Dominica, Fiyi, las Islas Marshall, Omán, los Emiratos Árabes Unidos y Vanuatu.

Estos países o territorios no han dado cumplimiento, en el plazo convenido, a los compromisos que habían adquirido para con la UE.

En el anexo II de las Conclusiones, en el que se contemplan los países y territorios con compromisos aún pendientes, constan también las prórrogas concedidas a once de ellos con objeto de que aprobaran las reformas necesarias para darles cumplimiento.

Hemos concluido hoy nuestra primera revisión general de la lista de la UE de países y territorios no cooperadores. Desde su adopción inicial a finales de 2017, la lista ha demostrado su utilidad para promover, con ánimo de cooperación, los objetivos de la UE consistentes en mejorar las prácticas fiscales a nivel mundial, luchar contra la elusión fiscal y mejorar la buena gobernanza y la transparencia: más de 30 países y territorios han cumplido ya sus compromisos de aprobar reformas fiscales.

Eugen Teodorovici, ministro de Hacienda de Rumanía

La lista, que forma parte de la estrategia exterior de la UE en materia de fiscalidad definida por el Consejo, tiene como finalidad contribuir a la labor que se está realizando para evitar la elusión fiscal y fomentar la buena gobernanza fiscal en todo el mundo.

Los trabajos en torno a la lista se iniciaron a mediados de 2016 en el grupo del Consejo responsable de aplicar el Código de Conducta de la UE sobre la Fiscalidad de las Empresas. En noviembre de 2016, el Consejo llegó a un acuerdo sobre el procedimiento que iba a seguirse y definió los criterios para el escrutinio de los países y territorios terceros, a saber:

  • los que un país o territorio ha de satisfacer para que se considere conforme a la transparencia fiscal;
  • los que un país o territorio ha de satisfacer para que se considere conforme a la equidad fiscal;
  • que se estén aplicando las normas mínimas de la OCDE en materia de lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.

Conforme a esos criterios, el Consejo aprobó y publicó en diciembre de 2017 unas Conclusiones en las que se incluía una lista de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales. Acordó asimismo el procedimiento que se seguiría en lo sucesivo, y recomendó una serie de medidas «defensivas» con respecto a los países y territorios incluidos en la lista.

La lista inicial se estableció tras someter a los 92 países y territorios terceros afectados a escrutinio durante 2017, y la integraban aquellos países o territorios que no habían adquirido compromisos significativos para subsanar las deficiencias detectadas por la UE.

El plazo previsto para el cumplimiento de la mayoría de los compromisos adquiridos por estos países o territorios vencía a finales de 2018; al mismo tiempo, el Grupo «Código de Conducta» (Fiscalidad de las Empresas) ha venido supervisando atentamente, desde un punto de vista técnico, su incorporación a la legislación nacional hasta comienzos de este año. El Consejo ha adoptado la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales resultante de este proceso y ha refrendado una revisión de la situación con respecto a los compromisos aún pendientes.

El trabajo que se desarrolla sobre la lista de la UE de países y territorios no cooperadores es un proceso dinámico. El Consejo seguirá revisando y actualizando periódicamente la lista en los próximos años, teniendo en cuenta la evolución de los plazos en los que los países o territorios deban cumplir sus compromisos y la evolución de los criterios de inclusión que la UE utilice para la elaboración de la lista.

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