Tal y como se predijo desde varios sectores, las ventajas que anunciaban las medidas fiscales del Gobierno (la rebaja de cinco puntos en la tributación por IS), tendrán poco calado para las PYMEs, en función de cuál sea la actividad a la que se dedican.
El más claro ejemplo de lo dicho se manifiesta en aquellas pequeñas y medianas empresas que no realizan actividades económicas y cuyo objeto se limita a la tenencia de valores o de bienes inmuebles. De este modo, dichas empresas tributarán al 30% en el Impuesto sobre Sociedades, y no al 25% como se anunció.
Así lo ha establecido una resolución reciente del Tribunal Económico Central, que rechaza la aplicación del beneficio fiscal a las PYMEs sin actividad económica, ya que el objetivo del régimen especial de Hacienda es precisamente el estímulo fiscal por la realización de actividades económicas.