Hacienda podrá participar en las investigaciones y embargar cuentas en otros países de la Unión Europea (UE). A cambio, el Fisco intervendrá cuentas y bienes en España a petición de sus socios comunitarios. Así lo establece el Proyecto de Real Decreto que se adapta a la normativa comunitaria e internacional en materia de asistencia mutua y establece las nuevas obligaciones sobre bienes y derechos situados en el extranjero, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN.
Este Decreto supone el fin del refugio que suponían otros países europeos a quienes evadían capitales y propiedades. A partir de ahora, la orden de embargo no se aplicará sólo para todos los bancos españoles sino que se extenderá a todas las entidades europeas. Con la entrada en vigor de esta medida el 1 de enero de 2013, España se adaptará a la Directiva 2011/16, que impulsa la presenciaoparticipación de funcionarios de la Administración Tributaria de un Estado miembro en las investigaciones administrativas realizadas en otro. Este Decreto es un desarrollo reglamentario del Proyecto de Ley de lucha contra el fraude fiscal, que aprobó el Consejo de Ministros el pasado viernes y que ha entrado en las Cortes para su tramitación parlamentaria, y de la nueva obligación de informar de cuentas y bienes en el extranjero.
Fuente: Expansión