En contra de lo que parece, acometer la tarea de acondicionar un local comercial como vivienda permite, en palabras de la resolución vinculante de la DGT, de 23 de marzo de 2009, aplicar la deducción fiscal por inversión en vivienda habitual.
Esto es debido a que, de conformidad con la legislación vigente sobre IRPF, el concepto de vivienda habitual comprende todo tipo de edificación, a pesar de que no cumpla la normativa urbanística que le sea aplicable, al margen de la calificación que pudiera tener en el Registro de la Propiedad.
Los únicos requisitos que deberá cumplir la edificación, para poder aplicar esta deducción, serán que esté acondicionada (o sea susceptible de ser acondicionada), y que el contribuyente reúna los requisitos legalmente exigidos.