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Archivos del Autor: Redacción
SOBRE LA CAPACIDAD NORMATIVA DE LAS ENTIDADES LOCALES PARA LA ELEVACIÓN DE LOS TRIBUTOS
INTERNET:NATURALEZA Y ELEMENTOS. UNA APROXIMACION UNIVOCA
fiscal-116
1. El régimen jurídico por el que se rige la responsabilidad de los administradores es el vigente en el momento de producirse los hechos generadores de ésta.
2. Si en los recursos de escasa cuantía no existiese condena en costas se daría la paradoja de obtener una Sentencia favorable y asumir unos costes superiores al derecho restaurado.
3. El certificado de empadronamiento establece una presunción de habitualidad de permanencia en la vivienda a efectos de la deducción en el I.R.P.F.
4. La guarda y custodia de los hijos no determina la convivencia con los hijos menores para el cómputo de la correspondiente reducción en el impuesto.
5. El período de generación de la pensión de Seguridad Social que la empresa satisface al trabajador entre los 60 y los 65 es de cinco años.
6. Para calcular el incremento de patrimonio en el I.R.P.F. la Administración se encuentra vinculada por el valor determinado a efectos del I.S.D.