Alertas Jurídicas martes , 23 abril 2024
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Canarias impulsa una modificación normativa de urgencia tras omitir la tarifa propia del IRPF

La actual ley de financiación autonómica, de 2009, eliminó el carácter supletorio de la norma Estatal -antes, si las regiones no querían modificar los tipos, se entendía que duplicaban la escala fijada par el Estado- precisamente para el caso de la tarifa autonómica (artículos 53 y 46.1.b de la ley de financiación). Esto, remarca Hacienda, "obliga a las CCAAA regular su propia tarifa".
El fallo de Canarias estriba en pensar que su ultima escala aprobada -previa al modelo de financiación y con el anterior reparto de ingresos que solo otorgaba un 33% de la recaudación (ahora el 50%) por IRPF a las regiones- sería válida en 2011.
El Gobierno regional impulsara la inclusión de una modificación normativa en el proyecto de ley que regulará un nuevo impuesto sabre el tabaco en Canarias "y otras medidas tributarias". Entre esas medidas está la incorporación, vía enmienda, de una tarifa autonómica propia en el IRPF, que será la misma diseñada por el Estado, exclusivamente con efectos 2010, para las regiones donde no se aprobó una escala propia.
El retraso en la publicación de su tarifa propia motivará agujeros tributarios llamativos Como subraya el socio director de F&J Martfn Abogados, Javier Martfn, el fallecimiento es motivo de devengo, de manera que los herederos de todos los contribuyentes canarios que fallezcan antes de la aprobación de la tarifa autonómica no pagarán un euro del impuesto del fallecido a las arcas isleñas. (Fuente: Negocio)

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