La extraordinaria polémica nacida a partir de la Sentencia de la Sala segunda de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, sobre la determinación del obligado al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, es una muestra más de lo mejorable que es nuestro ordenamiento tributario. Un ordenamiento tan impreciso y oscuro que continuamente necesita estudios interpretativos sobre su aplicación. Circunstancia ésta, que finalmente genera inseguridad jurídica al ciudadano y perjudica a la economía en general. Con mucha frecuencia el sujeto pasivo aun queriendo cumplir la ley no sabe cómo hacerlo. Ahora se pretende buscar solución en una Sentencia, y se olvida que las Sentencias se dictan atendiendo a hechos y actos concretos, cuando la auténtica y definitiva solución tiene que llegar con una ley, una nueva normativa tributaria que en consonancia con la justicia, sea precisa, justa y fácil, muy fácil de aplicar.