El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha propuesto a sindicatos y empresarios el establecimiento de un permiso de paternidad retribuido, de una semana de duración y exclusivo para el padre, a disfrutar una vez finalizado el permiso de la madre. Ésta es una de las propuestas que figuran en el borrador de reforma del sistema de la Seguridad Social que el Ministerio ha entregado a los agentes sociales para su discusión en el marco del diálogo social.
En la actualidad, sólo las madres tienen un derecho reconocido de permiso por nacimientos o adopción, de 16 semanas de duración, para el cuidado de los hijos. No obstante, las mujeres pueden ceder el disfrute de esa prestación -salvo en las seis semanas siguientes al parto- a los varones. La propuesta que ahora pone sobre la mesa el departamento que dirige Jesús Caldera supone, por primera vez, el reconocimiento de un derecho propio del padre. En su documento, Trabajo sugiere también suprimir la necesidad de acreditar un período mínimo de cotización para acceder a la prestación por riesgo durante el embarazo. Asimismo, y dentro de la protección a la maternidad, el Ministerio aboga por crear una nueva prestación económica, de riesgo durante el período de lactancia, en aquellos casos en que el puesto de trabajo de la madre presente riesgos para su salud o la de su hijo y no pueda ser trasladada a una actividad compatible con su estado. Las condiciones y términos de esta prestación serán los mismos que en las situaciones de riesgo durante el embarazo. En materia de otras prestaciones del sistema público, los criterios de Trabajo para la reforma de la Seguridad Social se basan en la necesidad de prolongar la vida laboral, endurecer las jubilaciones anticipadas, procurar una mayor correspondencia entre aportaciones y prestaciones y mejorar la cobertura de aquellos colectivos más desprotegidos o con pensiones muy bajas. En relación a los dos primeros puntos, el Ministerio quiere que los requisitos para las distintas modalidades de jubilación a edades diferentes a la legalmente establecida (65 años) caminen paulatinamente hacia su unificación, siendo más flexibles para los trabajadores despedidos que para los que pacten voluntariamente la rescisión de sus contratos de trabajo. Para acogerse a la jubilación anticipada, Trabajo propone mantener los mismos requisitos que existen actualmente (61 años cumplidos y 30 de cotización), si bien pretende que su acceso quede demorado hasta el agotamiento de las prestaciones por desempleo que al trabajador pudieran corresponderle tras extinguir su relación laboral. En cuanto a los coeficientes reductores aplicables sobre las pensiones de los jubilados anticipadamente, el Gobierno aboga por situarlos en el 6,5 por ciento por cada año que falte para el cumplimiento de los 65 años, más un 1 por ciento de carácter fijo. En todo caso, propone que el porcentaje reductor resultante se minore un 0,5 por ciento por cada año cotizado por encima de los 40. El Gobierno baraja también adoptar mejoras en las pensiones causadas antes del 1 de enero de 2002 por trabajadores despedidos con 60 o más años que hubiesen acreditado 35 o más años cotizados. En el borrador presentado a los agentes sociales, se defiende la necesidad de incentivar la prolongación de la vida laboral laboral más allá de los 65 años, tanto con independencia de los años cotizados como de la base de cotización. Y propone extender los incentivos a todos los trabajadores que se jubilen a partir de los 65 años y hayan cotizado más de 15 años, sin que les sean de aplicación los coeficientes reductores de la edad de jubilación.
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