Alertas Jurídicas viernes , 19 abril 2024
Inicio » Noticias » El pago de impuestos asciende ya al 15 por ciento del precio de la vivienda

El pago de impuestos asciende ya al 15 por ciento del precio de la vivienda

Del precio final de una vivienda, un mínimo del 15,6% se ha desembolsado para el pago de tributos de diferente naturaleza, lo que significa que, en el caso de una vivienda de 180.000 euros, 28.080 euros son para pagar impuestos.

 

 

 

 

Del precio final de una vivienda, un mínimo del 15,6% se ha desembolsado para el pago de tributos de diferente naturaleza, lo que significa que, en el caso de una vivienda de 180.000 euros, 28.080 euros son para pagar impuestos. Ese porcentaje se eleva hasta el 18,3% en el caso de los promotores de viviendas, según el informe, que detalla que más de la mitad del dinero que se dedica a impuestos es para abonar el que grava los Actos Jurídicos Documentados (A.J.D.), De hecho, el impuesto de A.J.D. se paga en múltiples ocasiones en la promoción y venta de la vivienda. Además, la mayoría de las Comunidades han ejercido su derecho a duplicar su importe, de forma que ha pasado de suponer del 0,5 al 1% del valor de los documentos. notariales. Por ejemplo, de un promotor que compra un terreno de 600 metros cuadrados para construir dos viviendas unifamiliares por 40.000 euros aunque éste estaba escriturado en 13.000 euros. De primeras, el promotor abonará a la Comunidad 2.800 euros por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y el de A.J.D.. Luego, deberá pagar al Ayuntamiento 2.340 euros por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Cuando el promotor solicite una hipoteca de, por ejemplo, 32.000 euros para hacer el pago del terreno abonará otros 410 euros por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Una vez que quiera comenzar las obras, deberá obtener la correspondiente licencia municipal y pagar al Ayuntamiento el 4% del coste previsto, que, si en este ejemplo es de 120.000 euros, supondría un desembolso de 4.800 euros. En concepto de tasas por otorgamiento de licencia, vallas, vado, cédula de primera ocupación, ocupación de calles, certificado urbanístico y cloacas, entre otros, habrá que sumar cerca de 3.600 euros. Al contratar los servicios de una constructora habrá que pedir otro préstamo para financiar las obras, lo que devengará el abono de otros 1.400 euros por el impuesto de AJD. Antes de que terminen las obras tendrá que hacerse con la Declaración de Obra Nueva -lo que conlleva un nuevo pago de 1.600 euros por el impuesto de A.J.D.- y con la constitución de la División Horizontal – otros 2.000 euros por el mismo tributo -, para luego inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad. Por último, antes de vender la vivienda, el promotor redistribuye el préstamo hipotecario, de forma que se vuelve a pagar 1.810 euros por el impuesto de A.J.D.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

¿Qué ocurre si un trabajador, por conducta irresponsable o negligente, es positivo COVID pero continúa yendo a trabajar y contagia al resto de compañeros, generando así un grave perjuicio a la empresa? Octubre, 2020 – El COVID-19 ha provocado la imposición por parte del Gobierno de medidas de protección sanitaria para evitar contagios. De esta manera, el uso obligatorio de ... Leer Más »

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

Trabajar en otra empresa durante un ERTE es legal, pero se interrumpirá la prestación por desempleo. Sería ilegal trabajar para la misma empresa que realizó el ERTE. La empresa podría incurrir en una sanción muy grave, viéndose expuesta a sanciones económicas de hasta los 187.515 euros. Madrid, 1 de octubre de 2020.- Ante la prórroga de los ERTE en algunos ... Leer Más »

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

Si un funcionario interino desempeña el mismo puesto de trabajo, se le exige la misma titulación y desempeña idénticas funciones que un funcionario de carrera, ¿por qué va a existir esa desigualdad a la hora de reconocer una situación de excedencia voluntaria? Esta es la controversia que se ha encargado de resolver la Sección Segunda de la Sala de lo ... Leer Más »

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

El Teletrabajo, ha venido para quedarse, tras la crisis generada por el covid, como medida sanitaria para evitar los rebrotes. Por esta razón el gobierno, se ha visto obligado a tramitar una ley que lo regule La Ley de Trabajo a Distancia está casi lista para su aprobación tras varios meses de negociación y diálogo con los agentes sociales. Y ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día