Debido a la Sentencia que se dictó recientemente por la Sala 2ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, la misma se ha planteado si cambiar el giro jurisprudencial. Esta sentencia dictaminaba que era el banco quien tiene que pagar íntegramente el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en vez del particular que hubiera firmado la hipoteca. Esto ha tenido una repercusión económica social (como la bajada de algunas entidades en la Bolsa).
Así, hoy 19 de octubre de 2018 el Presidente de la Sala ha emitido una nota informativa donde acuerda con carácter urgente «dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar» y «avocar al Pleno de la Sala el conocimiento de alguno de dichos recursos pendientes, a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado».