La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó la demanda interpuesta por los sindicatos contra las medidas de flexibilidad interna -movilidad geográfica, modificación sustancial e inaplicación de convenio- ofrecidas por Coca Cola a los trabajadores como alternativa voluntaria al despido colectivo de 2014.
La sentencia aprecia la existencia de cosa juzgada porque lo planteado por los sindicatos en sus recursos ya se resolvió en la sentencia que declaró nulo el ERE de Coca Cola dictada por la Audiencia Nacional el 12 de junio de 2014 y confirmada por el Tribunal Supremo el 20 de abril de 2015.
Fuente: Comunicación poder Judicial