El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha anulado la tasa para pisos vacíos de grandes tenedores que el Ayuntamiento de Barcelona aprobó el pasado 30 de septiembre. La tasa aprobada por el Ayuntamiento grava los pisos de grandes tenedores que llevan desocupados como mínimo dos años sin causa justificada. El importe que debía pagar el propietario era de 633 euros, que es coste que supone al Ayuntamiento verificar que el piso está vacío.
En la sentencia, que resuelve un recurso interpuesto por la Asociación Española de Banca, se argumenta que la tasa municipal no es conforme al principio constitucional de reserva de ley tributaria en relación con el principio de competencia local, dadas dadas las ausencias de habilitación legal suficiente conforme de las normas tributarias estatales reguladores de las haciendas locales y la atribución de las competencias exclusivas en materia de vivienda de la administración de la Generalitat en el Estatut de 2006 y en la Ley autonómica 18/2007 de derecho a la vivienda.