La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid, y que fue ratificada en una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 11, de expulsar del territorio español a una persona que acumula un relevante historial delictivo por representar un peligro para el orden y la seguridad pública, pese a tratarse de un ciudadano perteneciente a un país de la Unión Europea.
La Sala desestima el recurso de apelación formulado tras la incoación del expediente de expulsión de Vasile H., súbdito de nacionalidad rumana, y para ello avala y hace suya la propia fundamentación jurídica de la sentencia del juzgado de origen en la que se establece que cabe “suponer la realización de una conducta contraria al orden público y a la seguridad pública que constituyen una amenaza real, crecientemente grave, que afecta a la convivencia social” por parte del interesado.
Los magistrados no entran a valorar en ningún momento el reproche de naturaleza penal que pueda derivarse de esa concatenación de hechos delictivos, de los que el recurrente es supuestamente autor. Los jueces recuerdan en la resolución que carecen de la competencia jurisdiccional para ello y, sin menoscabar en ningún caso su presunción de inocencia, entienden que el número de detenciones y su reiterada actividad delictiva, cometida fundamentalmente entre los años 2013 y 2014 en la estación de Metro de la Puerta del Sol y otros lugares de gran afluencia de público, y especialmente sobre turistas, justifican la legalidad de la medida adoptada por parte de la Administración.
Contra esta sentencia cabe la interposición de Recurso de Casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la competente en los procedimientos de naturaleza jurídica Contencioso-Administrativo.