La regulación de la relación laboral de carácter especial de las empleadas del hogar entrará en vigor desde este lunes. La norma garantiza al colectivo, entre otros derechos, el pago en metálico de un salario igual al salario mínimo interprofesional (SMI) en cómputo anual –de 8.979,60 euros–, con dos pagas extraordinarias al año.
Esta nueva regulación, que viene a actualizar la que ha estado vigente durante los últimos 25 años, precisa que no será posible efectuar ningún descuento sobre esa cuantía salarial en concepto de retribución en especie por manutención o alojamiento. Además, cuando exista un salario en especie, éste no podrá superar el 30% de las percepciones salariales, límite que actualmente estaba en el 45%.
La norma prevé además que sea el acuerdo mutuo entre el empleador y el empleado el que establezca las posibilidades de incrementos salariales (antes vinculados a la antigüedad) y que, en su defecto, se aplique el incremento medio que para ese año marque el acuerdo marco sobre negociación colectiva negociado por los agentes sociales.
No obstante, la reforma de la negociación colectiva establece que en sectores donde no haya una organización patronal específica serán las patronales nacionales (CEOE y Cepyme) o autonómicas más representativas las que podrán negociar con los sindicatos su convenio.
Fuente: Europa Press