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Gastos a tener en cuenta cuando se va a vivir de alquiler

Cuando decidimos ser arrendatarios de un bien inmueble, se recomienda tener en cuenta gastos que van a suponer un desembolso inicial. Desde la agrupación de agencias y agentes inmobiliarios Agora MLS, destacan unos cuantos.

En primer lugar, la primera mensualidad. Ésta se suele realizar con la entrega de llaves al firmar el contrato de arrendamiento.

Otro gasto usual es la prestación de la fianza. Ésta es obligatoria por ley y suele equivaler al pago de una mensualidad completa con el fin de poder sufragar cualquier impago o desperfecto realizado por el arrendatario. Es una cantidad de dinero que, al finalizar el contrato, sino ha habido gastos como los que hemos indicado, suele devolverse íntegramente. De hecho, la ley actual de Arrendamientos urbanos permite que la casera e inquilino pacten algunas garantías adicionales al arrendador para asegurarse el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario (por ejemplo: un aval bancario, una doble fianza).

Si la vivienda alquilada ha sido encontrada a través de una agencia inmobiliaria, un gasto extra serán los honorarios que habrá que pagar a dicha agencia como prestación de un servicio de intermediación. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales suele ser un gasto que asume el inquilino, siendo un importe variable según la mensualidad que pague. Según la ley, es necesario abonar tras la firma del alquiler, normalmente en una sola vez y en un plazo de 30 días.

Finalmente, el alta de suministros (de agua, gas y electricidad). En general, suele no ser necesario, simplemente habría que hacer un cambio de titular (el nuevo inquilino) y de domiciliación bancaria. Sin embargo, si se trata de una vivienda de obra nueva, sí será necesario hacer estos trámites, que suelen hacerse a cargo del arrendatario. No podemos olvidar gastos adicionales personales como podría ser la mudanza, aunque éstos ya dependen de las circunstancias de cada uno.

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