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Hacienda perdona deudas pendientes inferiores a tres euros

La Agencia Tributaria ha renunciado a ingresar deudas pendientes de cobro en periodo ejecutivo inferiores a tres euros, dado que su coste de gestión es mayor que el dinero que finalmente ingresan las arcas públicas, según una resolución conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Tributaria publicada en el Boletín Oficial del Estado de 2 de junio de 2014.

En la citada resolución, que entra en vigor el martes 3 de junio de 2014, se acuerda la anulación y se dan de baja aquellas deudas de cuantía inferior a tres euros respecto de las que no se va a continuar la gestión recaudatoria por motivos estrictamente económicos, dado que su cuantía resulta insuficiente para la cobertura del coste que representa su recaudación.

Según la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria, la finalidad no es otra que evitar actuaciones recaudatorias que presupongan un nulo provecho para la Hacienda Pública o para el cumplimiento de los fines encomendados a la Administración Pública.

Por todo ello, se anulan y dan de baja las deudas de liquidaciones practicadas por la Agencia Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros a 28 de febrero de 2014, así como las liquidaciones practicadas por órganos de la Administración General del Estado y organismos autónomos cuya gestión recaudatoria en periodo ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria.

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