El cambio se produce por aplicación de un epígrafe diferente en el régimen simplificado del IVA
La Agencia Tributaria ha iniciado una campaña en la que, vía telefónica, comunica a numerosos trabajadores por cuenta propia que se dedican al “transporte por carretera” con vehículo ligero (epígrafe 722) que deben encuadrarse ahora dentro del grupo de quienes prestan “servicios de mensajería, recadería y reparto” (epígrafe 849.5).
El pasar de uno a otro grupo transciende de la mera anécdota pues supone un aumento del 98% en la tributación por el régimen simplificado del IVA. Sólo en concepto del IVA, el aumento de pago anual conlleva pasar de pagar por este tributo 3.546,75 euros a hacerlo por 7.021,10 euros.