Hacienda no ha incluido ni el oro, ni las joyas, los yates o el dinero en efectivo en la declaración obligatoria de bienes en el extranjero. Los expertos consultados por el Economista que ponen inconvenientes en que se les cite, reconocen que este tipo de bienes son muy difíciles de perseguir, primero, porque ya se abrió la veda al eliminar el impuesto de patrimonio, y en segundo lugar, porque son bienes que pueden moverse de un lado a otro con facilidad y controlarlos no es tan sencillo.
Luis Del Amo, secretario Técnico del Registro de Asesores Fiscales (Reaf), entiende que ha habido una cierta renuncia por parte de Hacienda a perseguir a quienes no los declaren, precisamente por las dificultades que entraña su control. Estos bienes se consideran, desde el punto de vista tributario, como incremento de patrimonio y en el caso del oro o del efectivo no sólo son difíciles de seguir, sino que desmotiva su afloración el que sea imposible demostrar si proviene de operaciones prescritas. Por el contrario, si Hacienda descubre un yate sin declarar, sí que se podría demostrar que proviene de un periodo prescrito o de rentas declaradas.
En opinión de Adolfo Jiménez, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget), lo que ha intentado el Gobierno es enganchar a quienes no se acogieron a la amnistía fiscal y, por ello, la declaración de bienes en el extranjero se ha centrado en las rentas, más que en el patrimonio. Esto da lugar a ejemplos tan llamativos como que un residente peruano que tenga una casucha en Lima tenga que pagar un 150 por ciento de sanción si no declara ese bien, lo mismo que debería abonar un residente alemán con un palacete en su país. Jiménez descarta que Hacienda haya recaudado con la amnistía fiscal más allá del 3 por ciento.Adolfo Jiménez ve en todo ello un objetivo claro, que quienes tienen una cuenta de más de cuatro años queden limpios de polvo y paja y no descarta que la justicia europea pueda tumbarlo. Asevera que lo que se pretende es clarear lo que hay por ahí a través de declaraciones complementarias, la operación más fácil que se puede realizar.
José María Mollinedo, secretario general de Gestha, el sindicato que agrupa a los técnicos de Hacienda, ve más lógico que alguien tenga una cuenta en un paraíso y que pueda disponer de esos fondos con más libertad, a que esconda al Fisco unos lingotes en una caja de seguridad en el otro extremo del mundo.
Descarta que quienes se acogieron a la amnistía fiscal se arriesguen a sanciones importantes (que pueden llegar al 150 por ciento de la cuota).
Mollinedo recuerda, además, que las embarcaciones de recreo suelen estar a nombre de sociedades en el extranjero, domiciliadas en paraísos fiscales, como Panamá, Bahamas o Suiza, y ahí Hacienda no tiene jurisdicción.
Fuente: El Economista (18/04/2013)