Aunque todavía se desconoce si el Gobierno va a poner en marcha el impuesto limitado sobre las transacciones financieras –que está aplicando Francia y que también ha anunciado Italia– o si va a esperar a que se instaure de manera generalizada la propuesta de la UE, según un estudio de la Fundación Impuestos y Competitividad (en la que figuran los ocho despachos más importantes en España) los perjuicios podrían superar los beneficios recaudatorios esperados. La medida podría resultar inadecuada por su incidencia negativa y por su ineficiencia económica, señala.
Según este estudio, elaborado por José María Labeaga, catedrático de la Uned y ex director del Instituto de Estudios Fiscales (organismo del ministerio de Hacienda), con el anterior Gobierno, la introducción de este impuesto sobre las operaciones financieras tendría una incidencia negativa sobre los volúmenes de contratación de la renta variable. Labeaga sostiene que esta nueva tributación reduciría a corto plazo (en un mes) la contratación bursátil entre un 3% y un 8%, para conseguir una recaudación anual de 1.191 millones. A largo plazo, en un año, concluye que la caída de la contratación estaría en torno al 30% ó 50% para una recaudación anual de 1.167 millones. Estos cálculos se han realizado considerando un tipo de tributación del 0,2%, como el instaurado por Francia, y con la aplicación en las operaciones que figuran en la propuesta de la Directiva elaborada por la Comisión Europea del amplio rango de instrumentos financieros que se verían afectados por esta medida. Estos importes, señala el informe, podrían no ser suficientes » para compensar la pérdida de recaudación por otros impuestos como consecuencia de la actividad y el empleo.
Así, según Labeaga, la introducción de este nuevo impuesto podría tener un impacto negativo sobre el PIB, que la propia Comisión sitúa a largo plazo en el 0,53% a nivel general.
La nueva tributación podría producir también otros efectos adversos. Por ejemplo, según Víctor Mendoza, socio del área fiscal de KPMG, esta carga adicional de las transacciones de, por ejemplo, a los productos financieros en renta variable, se trasladaría al consumidor final a través de mayores costes de capital o menores retribuciones en la inversión, así como mayores comisiones en la ejecución de actividades.
Labeaga insistió en que este impuesto no podría ser asumido por las sociedades financieras, evitando así su traslado al inversor. Según el ex alto cargo del ministerio de Hacienda, los impuestos siempre se trasladan al consumidor, incluso el IVA, a pesar de la campaña de empresarios y del Gobierno de que, a causa de la crisis, el alza de los tipos se iba a cargar sobre los márgenes o el beneficio. Siempre se han cargado al consumidor, manifestó Labeaga.
Entre otros efectos adversos que supondría la implantación de esta medida, Mendoza también identificó la restricción en el acceso al crédito, al verse el sector bancario abocado a un cambio en sus política de inversión, reduciendo la tenencia de valores más ilíquidos y manteniendo volúmenes de liquidez más elevados, así como la deslocalización de las operaciones a otros territorios no sujetos a este impuesto a hacia productos no gravados.
Fuente: El Mundo