A nivel de los países de la Unión Europea con anterioridad a las ampliaciones el porcentaje representa el 2,9% del PIB
Según el marco estadístico armonizado elaborado por Eurostat, la Comisión Europea, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la Agencia Internacional de la Energía (IEA) se definen los impuestos ambientales como aquellos cuya base imponible consiste en una unidad física (o similar) de algún material que tiene un impacto negativo, comprobado y específico, sobre el medioambiente. Se incluyen todos los impuestos sobre la energía y el transporte, y se excluyen los impuestos del tipo valor añadido.
Entre los tipos de impuestos que pueden calificarse como impuestos ambientales se incluyen aquellos que someten a gravamen las emisiones al aire (de azufre proveniente de combustibles fósiles, de nitrógeno de oxígenoÃ), de sustancias que reducen el grosor de la capa de ozono, de efluentes al agua, de gestión de los residuos (impuestos sobre la recogida o el tratamiento, embalajes, envases), ruido, productos energéticos (gasolina sin plomo, gasolina con plomo, consumo de electricidad), impuestos sobre las importaciones o ventas de vehículos de motor y matriculación e impuestos periódicos sobre el uso de vehículos de motor; o captación de agua.
En el ordenamiento jurídico español es posible encontrar numerosos impuestos de este tipo y en los diversos niveles de las Administraciones públicas. Así, mientras el Impuesto sobre Hidrocarburos genera una recaudación que comparten el Estado y las Comunidades Autónomas, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica genera una recaudación destinada a la financiación de las Administraciones locales.
Según las últimas estadísticas publicadas sobre la materia, en 1990 los tributos ambientales representaban en España el 4,63% del total de los ingresos tributarios y el 1,60% del PIB y desde ese momento se produjo un crecimiento sostenido de los mismos que alcanzó en 1994 5,96% del total de los ingresos tributarios y el 2,10% del PIB.
A partir de 1995 se produjo un cambio estadístico y pasaron a ser el 6,70% del total de ingresos tributarios y el 2,10% del PIB y después de ese año se produjo un decrecimiento de los porcentajes que hizo que en 2004 representaran el 5,80% de los ingresos totales tributarios y el 2% del PIB (durante muños años fue superior al 2% del PIB).
A nivel de la Unión Europea a 15 en 1990 el porcentaje de tributos ambientales sobre el total de tributos exigidos ascendía al 6,17% y el porcentaje del PIB representaba el 2,51%. En 2004 estos porcentajes eran del 7,10% y del 2,90% del PIB. El Estado con mayor tributación ambiental es Dinamarca donde el 9,80% de los ingresos tributarios provienen de la tributación ambiental y ello representa el 4,80% del PIB.
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