Las empresas podrán reducir la mitad de los ingresos provenientes de la explotación de patentes, modelos de utilidad o planos
La reforma del Impuesto sobre Sociedades que tuvo lugar en julio de 2007 introdujo la posibilidad de que las sociedades pudieran beneficiarse de una reducción del 50 por ciento del importe de los cánones recibidos por la explotación de patentes, modelos de utilidad, planos u otras fórmulas de explotación de la propiedad intelectual, aunque la efectividad de esta medida quedaba condicionada a la aceptación por parte de la Comisión de la Unión Europea.
Se ha pronunciado ya sobre esta medida la Comisión Europea en el sentido de admitir esta medida fiscal ya que se trata de una medida de carácter general puesto que la medida se admite para todos los sujetos pasivos con independencia de la región donde tengan su domicilio social, su tamaño o el sector en el que actúen por lo que no constituye una ayuda de Estado ni es incompatible con el Derecho comunitario encargado de velar por el libre mercado y la competencia leal entre las empresas
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