En la actualidad el control se concentra en los intereses derivados de imposiciones bancarias
Desde hace varios años se encuentra en vigor una directiva sobre la fiscalidad del ahorro que afecta a los pagos de intereses derivados de productos bancarios como cuentas corrientes y depósitos satisfechos a personas no residentes en el Estado de residencia de la entidad pagadora. De acuerdo con este sistema el Estado de residencia de la entidad pagadora comunica al Estado de residencia del receptor los datos relevantes sobre la identidad de los beneficiarios de las rentas y el importe de los mismos.
Sin embargo, Estados miembros como Austria, Luxemburgo y Bélgica en lugar de intercambiar información, se acogen al sistema de retención en la fuente sobre los intereses por la cual se practica una retención del 15% que a partir de julio de 2008 pasará a ser del 20% y, a partir de 2011, será del 35%. El 75% del dinero recaudado por el Estado de residencia del pagador de los intereses se envía a los países de origen de los beneficiarios de los intereses. Esta opción se ha extendido por Tratado internacional a países terceros como Suiza, Mónaco, Liechtenstein, Andorra y San Marino.
Este último sistema ha permitido ha supuesto unos ingresos de 402 millones de euros para los países con derecho a recibir el 75% de la retención.
Dado que existen numerosos instrumentos a través de los cuales canalizar el ahorro que no consisten en depósitos o cuentas corrientes se está analizando la posibilidad de extender el sistema a los hedge funds, seguros de vida (unit link) y productos derivados y estructurados.
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