Se limitará a un máximo de tres el número de eslabones de la cadena subcontrataciones
Dado este elevado nivel de subcontratación, se está negociando la aprobación de una norma reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (que incluye, entre otras, las actividades de excavación, montaje, acondicionamiento, instalación, pintura, saneamientoÃ).
Una de las principales medidas consiste en la obligación para estas empresas de incluir un porcentaje mínimo del 10% de contratos de trabajo indefinidos durante los 18 primeros meses de vigencia de la ley; un 20% entre el 19º y 36º mes y un 30% a partir del tercer años de vigencia. Si la ley entrase en vigor a finales de este año, el porcentaje del 30% sería obligatorio a partir de 2009. Estas obligaciones sólo se aplicarán a las obras que se inicien una vez promulgada la ley y no afectará la nueva normativa a las leyes que ya estén en marcha.
Otra de las normas que se pretende establecer es la de limitar a tres el número de eslabones que puede tener la, en algunas ocasiones, interminable cadena de subcontratación. Las empresas encargan una actividad especializada a otra que, a su vez, delega en una tercera y, así, sucesivamente. Si se aprueba la norma prevista la tercera subcontratista ya no podrá compartir su actividad con otra.
Existirá la posibilidad de subcontratar con una cuarta empresa cuando concurran circunstancias de fuerza mayor, es decir, elementos ajenos al desarrollo normal de la obra.
Finalmente, otra de las medidas que va a establecerse es la de la inscripción obligatoria en un Registro denominado Registro de Empresas Acreditadas. Existirá, igualmente, un libro de subcontratación en el que aparezcan todas las contrataciones realizadas para un proyecto. A esta información tendrán acceso, entre otros, el promotor, los técnicos de prevención laboral, las autoridades y los representantes de los trabajadores, lo que garantiza un mejor seguimiento de la actividad.
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