El Estado española asumirá el coste de esta cuota por los servicios sanitarios recibidos.
Nueve Estados miembros de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Eslovenia, Finlandia, Francia, Italia, Países Bajos y Polonia) deducen respecto de las pensiones que satisfacen sus sistemas de Seguridad Social una cuota destinada a cubrir la asistencia sanitaria. Entre las personas que pueden resultar obligadas al pago de esta cuota se encuentran los pensionistas españoles residentes en alguno de estos países que percibe una pensión de los mismos.
La Seguridad Social española considera que en el sistema español de protección social los pensionistas ya cotizaron durante su vida activa lo necesario para garantizar de por vida su asistencia sanitaria.
Dada esta consideración la Seguridad Social se compromete a asumir y transferir directamente las cantidades correspondientes, para evitar perjuicios económicos a los pensionistas españoles, cuando los Estados miembros empiecen a exigir las cuotas sanitarias sobre las pensiones abonadas por España.
#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}
#cortardivhglobal{display: none !important;}
¿Quieres seguir leyendo?
Suscríbete a Fiscal al día desde