Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » Noticias » Los Técnicos de Hacienda estiman que la identificación catastral de la vivienda es una medida de escasa legalidad

Los Técnicos de Hacienda estiman que la identificación catastral de la vivienda es una medida de escasa legalidad

El colectivo de Técnicos Financieros del Ministerio de Hacienda (GESTHA) considera que la nueva medida de exigir en la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) la identificación catastral del domicilio habitual y el régimen

En este sentido, Gestha considera que esta iniciativa, enmarcada dentro del Plan de Prevención del Fraude presentado recientemente la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), es –una medida a medias– y de escasa legalidad que generará desigualdades en el tratamiento concedido a los distintos arrendadores, además de no paliar las discriminaciones territoriales entre las diferentes Comunidades Autónomas.

 

El colectivo de Técnicos Financieros considera que esta medida no afecta a todos los contribuyentes, ya que excluye a aquellos que no están obligados a declarar, así como a aquellos declarantes usuarios del borrador de declaración de la renta que el Gobierno puso en marcha el pasado año.

 

Según el Secretario General de Gestha, D. Joaquín del Moral, esta medida no afecta a todas las operaciones, lo que supone, limitar desde el principio los efectos positivos de la lucha contra el fraude, de manera que todo el mundo se vea en la obligación de declarar sus ingresos por arrendamiento.

 

Por otro lado, los técnicos de Hacienda estiman que el deber de declarar la identificación catastral de la vivienda en que se reside y el título por el que se ocupa, debería tener un rango legal mayor, con el fin de garantizar su cumplimiento y la eficacia de sus efectos. En este sentido, Gestha considera que la nueva normativa debería recoger la posibilidad de sancionar a aquellos arrendadores y/o arrendatarios que no colaboren o defrauden a la Hacienda Pública, con objeto de disuadir y penalizar realmente el fraude.

 

Asímismo, Gestha estima que la nueva normativa cae en errores y vacíos informativos ya que la obligación de informar sobre el domicilio habitual no está referida al ejercicio correspondiente, sino que alude al domicilio actual, por lo que no afecta al año 2004 ni, por tanto, al ejercicio de la Renta en que se declara. Además, los datos suministrados sólo permiten a la A.E.A.T. conocer la referencia catastral y, de forma indirecta, el titular catastral, que necesariamente no tiene que corresponderse con el arrendador.

 

Finalmente, Gestha estima que la exigencia de identificación catastral de la vivienda no es suficiente para imputar al titular del dato suministrado el ingreso del arrendamiento ni obligar a declarar el importe de la misma, por lo que generaría otra petición posterior de información, con la consiguiente molestia del contribuyente que, además, no puede deducirse cantidad alguna.

 

La  caótica tributación de arrendamientos

 

El coletivo de Técnicos del Ministerio de Hacienda considera que la –caótica– regulación de los ingresos por arrendamientos en I.R.P.F. que caracteriza al sistema actual no es resultado exclusivo de las –escasas– actuaciones del Gobierno socialista en esta materia, sino también de algunas iniciativas heredadas de la anterior Administración.

 

En este sentido, estima que la reducción del 50% de los ingresos por arrendamiento – aprobada durante el Gobierno del Partido Popular- que se aplica a los arrendadores en el I.R.P.F. otorga un trato más favorable a las rentas de capital, en perjuicio de las rentas del trabajo. Asímismo, Gestha le atribuye un carácter regresivo, al generar un mayor ahorro fiscal – frente al mismo ingreso por arrendamiento – en aquellos contribuyentes cuya renta global es más alta.

 

Finalmente, Gestha estima que el Gobierno ha olvidado en su programa un capítulo fundamental en materia fiscal, como es la deducción por arrendamiento a los arrendatarios, quedando regulada residualmente en un régimen transitorio y dejando su establecimiento en manos de las Comunidades Autónomas, que la establecen con cargo a su cuota autonómica y utilizan la información que ofrece en beneficio propio.

 

 

El Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública (GESTHA), antecedente de los Cuerpos Técnicos de Hacienda, se creó en el año 1976, diez años antes de la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea (CEE), con el fin de solventar determinados problemas de personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda. Solucionados aquellos problemas, en la actualidad Gestha trabaja por conseguir una Administración Financiera moderna y eficaz con una estructura administrativa y de personal que garantice las necesidades del servicio público de un modo eficiente y racional.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

¿Qué ocurre si un trabajador, por conducta irresponsable o negligente, es positivo COVID pero continúa yendo a trabajar y contagia al resto de compañeros, generando así un grave perjuicio a la empresa? Octubre, 2020 – El COVID-19 ha provocado la imposición por parte del Gobierno de medidas de protección sanitaria para evitar contagios. De esta manera, el uso obligatorio de ... Leer Más »

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

Trabajar en otra empresa durante un ERTE es legal, pero se interrumpirá la prestación por desempleo. Sería ilegal trabajar para la misma empresa que realizó el ERTE. La empresa podría incurrir en una sanción muy grave, viéndose expuesta a sanciones económicas de hasta los 187.515 euros. Madrid, 1 de octubre de 2020.- Ante la prórroga de los ERTE en algunos ... Leer Más »

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

Si un funcionario interino desempeña el mismo puesto de trabajo, se le exige la misma titulación y desempeña idénticas funciones que un funcionario de carrera, ¿por qué va a existir esa desigualdad a la hora de reconocer una situación de excedencia voluntaria? Esta es la controversia que se ha encargado de resolver la Sección Segunda de la Sala de lo ... Leer Más »

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

El Teletrabajo, ha venido para quedarse, tras la crisis generada por el covid, como medida sanitaria para evitar los rebrotes. Por esta razón el gobierno, se ha visto obligado a tramitar una ley que lo regule La Ley de Trabajo a Distancia está casi lista para su aprobación tras varios meses de negociación y diálogo con los agentes sociales. Y ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día