Alertas Jurídicas miércoles , 24 abril 2024
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Los Técnicos de Hacienda estiman que la identificación catastral de la vivienda es una medida de escasa legalidad

El colectivo de Técnicos Financieros del Ministerio de Hacienda (GESTHA) considera que la nueva medida de exigir en la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) la identificación catastral del domicilio habitual y el régimen

En este sentido, Gestha considera que esta iniciativa, enmarcada dentro del Plan de Prevención del Fraude presentado recientemente la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.), es –una medida a medias– y de escasa legalidad que generará desigualdades en el tratamiento concedido a los distintos arrendadores, además de no paliar las discriminaciones territoriales entre las diferentes Comunidades Autónomas.

 

El colectivo de Técnicos Financieros considera que esta medida no afecta a todos los contribuyentes, ya que excluye a aquellos que no están obligados a declarar, así como a aquellos declarantes usuarios del borrador de declaración de la renta que el Gobierno puso en marcha el pasado año.

 

Según el Secretario General de Gestha, D. Joaquín del Moral, esta medida no afecta a todas las operaciones, lo que supone, limitar desde el principio los efectos positivos de la lucha contra el fraude, de manera que todo el mundo se vea en la obligación de declarar sus ingresos por arrendamiento.

 

Por otro lado, los técnicos de Hacienda estiman que el deber de declarar la identificación catastral de la vivienda en que se reside y el título por el que se ocupa, debería tener un rango legal mayor, con el fin de garantizar su cumplimiento y la eficacia de sus efectos. En este sentido, Gestha considera que la nueva normativa debería recoger la posibilidad de sancionar a aquellos arrendadores y/o arrendatarios que no colaboren o defrauden a la Hacienda Pública, con objeto de disuadir y penalizar realmente el fraude.

 

Asímismo, Gestha estima que la nueva normativa cae en errores y vacíos informativos ya que la obligación de informar sobre el domicilio habitual no está referida al ejercicio correspondiente, sino que alude al domicilio actual, por lo que no afecta al año 2004 ni, por tanto, al ejercicio de la Renta en que se declara. Además, los datos suministrados sólo permiten a la A.E.A.T. conocer la referencia catastral y, de forma indirecta, el titular catastral, que necesariamente no tiene que corresponderse con el arrendador.

 

Finalmente, Gestha estima que la exigencia de identificación catastral de la vivienda no es suficiente para imputar al titular del dato suministrado el ingreso del arrendamiento ni obligar a declarar el importe de la misma, por lo que generaría otra petición posterior de información, con la consiguiente molestia del contribuyente que, además, no puede deducirse cantidad alguna.

 

La  caótica tributación de arrendamientos

 

El coletivo de Técnicos del Ministerio de Hacienda considera que la –caótica– regulación de los ingresos por arrendamientos en I.R.P.F. que caracteriza al sistema actual no es resultado exclusivo de las –escasas– actuaciones del Gobierno socialista en esta materia, sino también de algunas iniciativas heredadas de la anterior Administración.

 

En este sentido, estima que la reducción del 50% de los ingresos por arrendamiento – aprobada durante el Gobierno del Partido Popular- que se aplica a los arrendadores en el I.R.P.F. otorga un trato más favorable a las rentas de capital, en perjuicio de las rentas del trabajo. Asímismo, Gestha le atribuye un carácter regresivo, al generar un mayor ahorro fiscal – frente al mismo ingreso por arrendamiento – en aquellos contribuyentes cuya renta global es más alta.

 

Finalmente, Gestha estima que el Gobierno ha olvidado en su programa un capítulo fundamental en materia fiscal, como es la deducción por arrendamiento a los arrendatarios, quedando regulada residualmente en un régimen transitorio y dejando su establecimiento en manos de las Comunidades Autónomas, que la establecen con cargo a su cuota autonómica y utilizan la información que ofrece en beneficio propio.

 

 

El Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública (GESTHA), antecedente de los Cuerpos Técnicos de Hacienda, se creó en el año 1976, diez años antes de la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea (CEE), con el fin de solventar determinados problemas de personal existentes en el Ministerio de Economía y Hacienda. Solucionados aquellos problemas, en la actualidad Gestha trabaja por conseguir una Administración Financiera moderna y eficaz con una estructura administrativa y de personal que garantice las necesidades del servicio público de un modo eficiente y racional.

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