El Real Decreto Ley 3/2009 de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ha introducido una serie de modificaciones que contribuirán a mejorar la situación de los ciudadanos.
Entre ellas encontramos la decisión de reducir el tipo de interés legal del dinero, y el de demora. Así, el primero se ha visto reducido del 5,5 % al 4%, mientras que el interés de demora tributario ha disminuido en dos puntos, quedando fijado actualmente en el 5%. En junto, las referidas minoraciones suponen una reducción próxima al 30% en intereses moratorios devengados en aplazamientos de obligaciones tributarias.
En sintonía con lo dicho, se ha determinado la elevación del límite de exención de la obligación de aportar garantías al solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria, incrementando hasta los 18.000 euros el límite actual de 6.000 euros. De este modo, el aplazamiento de deudas de importe inferior no exigirá constituir aval o fianza, ni justificar que el contribuyente no pueda obtener dichas garantías.