Alertas Jurídicas sábado , 20 abril 2024
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Opciones para una reforma del sistema tributario español

Un grupo de 13 expertos fiscales propone eliminar los tipos reducidos de IVA, salvo excepciones muy justificadas, y compensar las pérdidas de bienestar de los grupos de renta baja con cambios en los impuestos sobre la renta, según el informe «Opciones para una reforma del sistema tributario español», patrocinado por la Fundación Ramón Areces.

Según el informe, hay una presunción a favor de la uniformidad de tipos de gravamen para no distorsionar las decisiones de consumo, evitar complejidades y reducir los costes administrativos y de cumplimiento de estos impuestos.

Sin embargo, los expertos fiscalistas admiten que la diferenciación de tipos está «muy justificada» en el caso de los consumos nocivos y asegura que en este caso deberían establecerse a un nivel que permitiera obtener una recaudación equivalente a los costes sociales que generan dichos consumos. Además, creen que habría que introducir un impuesto equivalente para los servicios financieros y atacar el problema del fraude del IVA.

En el caso de la renta, consideran que la base imponible del impuesto debiera gravar la totalidad de las rentas netas recibidas por el contribuyente, con exclusión de todos los gastos necesarios para su obtención, y concentrar los beneficios fiscales en uno solo para atender a situaciones de bajas rentas o necesidades altas.

Además, creen que debería concederse un tratamiento fiscal «privilegiado» a las madres con hijos en edad escolar y a los trabajadores que excedan de una cierta edad. Igualmente, se inclinan por aplicar una tarifa de tipos de gravamen progresiva a la renta personal que tome en consideración las cotizaciones a la Seguridad Social y minimice las distorsiones que introduce en la oferta de trabajo y el empleo.

Por otro lado, afirman que se debería efectuar en la base imponible del gravamen de las rentas del capital, personal y societario, el rendimiento normal del capital para eliminar las distorsiones que dicho gravamen genera sobre el ahorro, la inversión y la financiación empresarial. A las rentas del capital que excedan del rendimiento normal del capital, rentas supernormales o rentas económicas, se les aplicaría la misma tarifa que grava las rentas del trabajo.

Fiscalidad inmobiliaria
En cuanto a la fiscalidad inmobiliaria, estiman que debe someterse una fuerte revisión diferenciando entre suelo y edificación. A su juicio, el primero se considera un objeto claro de imposición, mientras las edificaciones para uso empresarial debieran estar exentas de imposición y las edificaciones residenciales deberían gravarse como bien de consumo.

El informe ha sido realizado por trece especialistas expertos en el sistema fiscal español y vinculados a la universidad, al asesoramiento profesional en temas impositivos y a la Administración pública.

En su trabajo, analizan en qué medida las recomendaciones y propuestas del Informe Mirrlees se cumplen en el sistema impositivo español y proponen opciones para que dicho sistema camine hacia un sistema óptimo.

Sucesiones y donaciones
En el gravamen de las actividades económicas, los expertos creen que la determinación de la base imponible debiera determinarse, salvo situaciones muy excepcionales, bajo un régimen de estimación directa y deduciendo el rendimiento normal del capital utilizado en la actividad, suprimiendo los sistemas de estimación objetiva de la base imponible, son una fuente importante de elusión y evasión fiscal.

Sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el estudio se inclina por que en el momento de la transferencia a la siguiente generación se grave todo el rendimiento del capital. En particular, el impuesto debería gravar las porciones hereditarias y las donaciones y gravar de la manera más uniforme posible los distintos bienes, con un tipo de gravamen que tome como referencia el del impuesto sobre la renta personal.

Además y para evitar la elusión completa de las ganancias de capital, habría que suprimir la exención de las ganancias de capital no realizadas en el momento de la sucesión.

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