Recientemente, el Consejo de Ministros aprobaba este Anteproyecto, que está respaldada por la Directiva Europea 2015/2366, ahora llamada PSD2, una normativa que regula servicios alternos a los tradicionalmente conocidos y la seguridad de pagos electrónicos, entre otros.
Entre los nuevos servicios de pago que se ofrecen están los de iniciación de pagos y los agregadores de cuentas. Los primeros son intermediarios que garantizan el pago del consumidor al comerciante directamente, siendo la alternativa de las tarjetas. Los segundos, también llamados servicios de información de cuentas, son entidades que guardan toda la información de las cuentas que tiene abiertas un usuario en diferentes entidades y la clasifican por categorías (por gastos o por ingresos, por ejemplo). Ambos deben realizar sus servicios siempre en nombre y previa autorización del cliente.
Además, se reducen a 50 € las pérdidas máximas que un cliente debe asumir en caso de pago no autorizado (por extravío o robo u otro uso fraudulento) y también el plazo de respuesta para resolver por las entidades de las reclamaciones de los usuarios de servicios de pago a 15 días.
También se pretende establecer la obligación de todo empresario o profesional de ofrecer a los consumidores la posibilidad de usar estos servicios alternos cuando la transacción de dinero sea superior a 30 euros y que este anuncio se haga visible dentro de las instalaciones o local del empresario (ejemplo: un cartel).
Aprobado el Anteproyecto, el texto debe obtener los dictámenes correspondientes para ser aprobado de nuevo por el Consejo de Ministros como Proyecto de Ley e iniciar la tramitación parlamentaria.
Fuente: La Moncloa