Alertas Jurídicas viernes , 29 marzo 2024
Inicio » Noticias » Se modifican los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales

Se modifican los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales

Resolución de 5 de septiembre de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifican la de 28 de julio de 1998, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y la de 21 de septiembre de 2004, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (BOE núm. 218, de 11 de septiembre de 2013)

Procede en estos momentos reorganizar las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales manteniendo el máximo nivel de servicio de despacho aduanero de mercancías en todo el territorio nacional. Así, se suprimen las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales con menor tráfico de mercancías, pasando a integrarse los recintos aduaneros de ellas dependientes en las Dependencias Regionales o Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales correspondientes, que continuarán prestando el servicio de despacho aduanero de las mercancías que se canalicen a través de los mismos.

Teniendo en cuenta que las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales se encuentran reguladas tanto en la Resolución de 28 de julio de 1998 como en la Resolución de 21 de septiembre de 2004, la adopción de estas medidas exige la modificación de ambas normas. Por razones de técnica normativa, se suprime el anexo III de la Resolución de 28 de julio de 1998, que contiene la relación de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales, integrándose su contenido en el anexo II de la Resolución de 21 de septiembre de 2004 junto con la relación de Administraciones de la Agencia Tributaria.

Asímismo, con la misma finalidad, procede suprimir el anexo II de la Resolución de 28 de julio de 1998, ajustando el texto de la misma a tal supresión. Por tal motivo se procede a suprimir su apartado segundo.7, a modificar su apartado décimo.3, por contener ambos preceptos referencias al mencionado anexo, y se incluye una nueva disposición adicional que recoge las especificidades en relación con la sede de determinadas Dependencias de Aduanas e Impuestos Especiales.

Adicionalmente, se modifican los apartados decimotercero y decimocuarto de la Resolución de 21 de septiembre de 2004, relativos a la competencia, estructura y funciones de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales y a las competencias y funciones de los Administradores de Aduanas e Impuestos Especiales, remitiéndose a la regulación de la Resolución de 28 de julio de 1998.

Finalmente, se procede a realizar determinados ajustes técnicos, siendo el más importante, el referido al texto del apartado segundo.1 de la Resolución de 28 de julio de 1998 con el fin de ajustarlo a lo establecido en la Resolución de 28 de diciembre de 2012 por la que se modificaba la primera de las Resoluciones indicadas, y la adaptación del texto de esta Resolución para prever la competencia sobre futuros impuestos medioambientales.

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

¿Qué ocurre si un trabajador, por conducta irresponsable o negligente, es positivo COVID pero continúa yendo a trabajar y contagia al resto de compañeros, generando así un grave perjuicio a la empresa? Octubre, 2020 – El COVID-19 ha provocado la imposición por parte del Gobierno de medidas de protección sanitaria para evitar contagios. De esta manera, el uso obligatorio de ... Leer Más »

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

Trabajar en otra empresa durante un ERTE es legal, pero se interrumpirá la prestación por desempleo. Sería ilegal trabajar para la misma empresa que realizó el ERTE. La empresa podría incurrir en una sanción muy grave, viéndose expuesta a sanciones económicas de hasta los 187.515 euros. Madrid, 1 de octubre de 2020.- Ante la prórroga de los ERTE en algunos ... Leer Más »

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

Si un funcionario interino desempeña el mismo puesto de trabajo, se le exige la misma titulación y desempeña idénticas funciones que un funcionario de carrera, ¿por qué va a existir esa desigualdad a la hora de reconocer una situación de excedencia voluntaria? Esta es la controversia que se ha encargado de resolver la Sección Segunda de la Sala de lo ... Leer Más »

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

El Teletrabajo, ha venido para quedarse, tras la crisis generada por el covid, como medida sanitaria para evitar los rebrotes. Por esta razón el gobierno, se ha visto obligado a tramitar una ley que lo regule La Ley de Trabajo a Distancia está casi lista para su aprobación tras varios meses de negociación y diálogo con los agentes sociales. Y ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día