El contrato de fomento de la contratación indefinida prevé una indemnización por despido de 33 días por año trabajado en lugar de 45 días por año trabajado propio del régimen general
Mientras la postura de las empresas es la de ampliar los colectivos que pueden acogerse a esta modalidad, los sindicatos pretenden mantener el ámbito subjetivo de beneficiarios de este sistema de contratación.
Otra de las cuestiones que se está debatiendo consiste en la problemática del encadenamiento de sucesivas relaciones laborales que permite a un mismo trabajador estar varios años en situación de temporalidad celebrando sucesivos contratos. Esta situación se ha extendido con mucha fuerza en los contratos de obra o servicio determinado que permite a las empresas adaptar su plantilla a la evolución de los mercados. Frente a la opinión de los sindicatos que quieren reducir al máximo la duración de estos encadenamientos, los empresarios reclaman justamente lo contrario.
Finalmente, otra cuestión debatida es la de las contratas y subcontratas. Mientras que las centrales sindicales quieren prohibir la cesión de trabajadores, la CEOE reclama mayor flexibilidad ya que, con esta mayor flexibilidad, se favorecerá la competitividad de las empresas, en especial en determinados sectores como el de la construcción.
#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}
#cortardivhglobal{display: none !important;}
¿Quieres seguir leyendo?
Suscríbete a Fiscal al día desde