Alertas Jurídicas viernes , 19 abril 2024
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Se regula la Renta Activa de Inserción para los desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo

El programa incluye el cobro de una prestación económica denominada Renta Activa de Inserción y acciones de inserción laboral

 


 



El programa está orientado a los trabajadores desempleados menores de 65 años que, a la fecha de solicitud de incorporación, reúnan los siguientes requisitos:


a)       Ser mayor de 45 años.


b)       Ser demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente como desempleado en la oficina de empleo durante 12 o más meses. A estos efectos, se considerará interrumpida la demanda de empleo por haber trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa.


c)       No tener derecho a las prestaciones o subsidios por desempleo, o a la renta agraria.


d)       Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.


A estos efectos, aunque el solicitante carezca de rentas, si tiene cónyuge y/o hijos menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, ni supere el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.


Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.


 


Junto a estas personas existen otros colectivos que podrán beneficiarse de estos programas de ayudas.


 


La Renta Activa de Inserción será igual al 80 por ciento del IPREM mensual vigente en cada momento. Durante la percepción de la renta activa de inserción el Servicio Público de Empleo Estatal ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social. La duración máxima de la percepción de la renta será de 11 meses.


 


Junto a las medidas económicas se aplicarán unas acciones de inserción laboral como el desarrollo de un itinerario personalizado de inserción laboral (con asignación de un asesor de empleo; entrevista personal; elaboración o actualización de un plan personal de empleo); la gestión de ofertas de colocación; o la incorporación a planes de empleo o formación (con el objetivo de formación, práctica laboral, asesoramiento al autoempleo).


 

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