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Aumento de los umbrales de exención de facilitar información Intrastat

En el BOE de 27 de enero de 2015 se publica la Orden HAP/50/2015, de 21 de enero, por la que se fijan umbrales relativos a las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea.

El artículo 10 del Reglamento (CE) n.º 638/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre las estadísticas comunitarias de intercambios de bienes entre Estados miembros y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3330/91 del Consejo, faculta a los Estados miembros a aplicar medidas de simplificación permitiendo que éstos establezcan umbrales, expresados en valores anuales de comercio de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea para los flujos de introducción y de expedición, por debajo de los cuales los responsables del suministro de la información estarán exentos de facilitar información Intrastat (umbral de exención).

Con la Orden se aumenta sustancialmente el umbral de exención de la obligación de declarar, pasando de 250.000 € a 400.000 €, lo que supone una reducción significativa de la carga administrativa a las pequeñas y medianas empresas, pero los declarantes deberán cumplimentar el valor estadístico de la mercancía objeto de la introducción o de la expedición, al considerarse éste un elemento sustancial en la elaboración de las estadísticas de intercambios con otros Estados miembros de la Unión Europea.

Con este cambio en la regulación de los umbrales, se consigue aumentar la calidad de la información, disminuyendo a la vez la carga administrativa que el sistema Intrastat supone.

Asimismo, se pretende cambiar el sistema de regulación de la fijación de umbrales de exención, pasando de un sistema de aprobación anual de la correspondiente orden a la fijación del importe de estos umbrales que serán aplicables mientras no cambie el marco jurídico de la Unión Europea, se tenga que modificar por aplicación de los límites fijados en el mismo o por considerar conveniente el cambio del umbral de exención dentro de los límites fijados por los Reglamentos de la Unión Europea.

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