Alertas Jurídicas viernes , 19 abril 2024
Inicio » Noticias » Modelo de reclamación previa de incapacidad, «el recurso trampa»

Modelo de reclamación previa de incapacidad, «el recurso trampa»

Mensaje de ALERTA a todas las personas que están en proceso de reconocimiento de una incapacidad laboral: CUIDADO con «rellenar ellos mismos» MODELOS DE RECLAMACIÓN PREVIA estandarizados y despersonalizados que, tanto la Seguridad Social como algún despacho de abogados, brindan (muy amablemente) a los ciudadanos para recurrir una resolución negativa del INSS. Están PREDISEÑADOS PARA EL FRACASO y pueden resultar nefastos para la posterior fase de demanda judicial. Desde la experiencia de Tribunalmedico.com DESACONSEJAMOS ENÉRGICAMENTE UTILIZAR estos MODELOS.

Evitando al máximo los tecnicismos, hemos de partir de la base de que la reclamación previa es un recurso jurisdiccional social que produce los efectos de tenerse por agotada la preceptiva vía Administrativa que establece el art. 71 de la LRJS para el reconocimiento de una Incapacidad Laboral. Cobra, pues, especial relevancia la doble finalidad que dicha reclamación tiene:

1: La de poner en conocimiento del órgano administrativo el contenido y fundamento de la pretensión formulada,

2: Darle ocasión de resolver directamente el litigio, evitando así la necesidad de acudir a la jurisdicción social.

Es por tanto aquí, en la RECLAMACIÓN PREVIA, donde tenemos que tener especial cautela. Porque, por un principio de concordancia jurídica entre la fase administrativa y la fase judicial, todo lo que NO se recoja en reclamación previa NO puede ser juzgado en los tribunales de lo social. Un “error de manual” que el INSS aprovechará a buen seguro para impugnar la demanda por motivos de indefensión y desviación de la petición inicial o cambios sustanciales en la petición administrativa previa. Impugnación que su señoría puede admitir, desestimando las pretensiones del ciudadano. Y todo por una deficiente gestión jurídica de la parte demandante.

Teniendo, pues, en cuenta tal “concordancia jurídica” entre el agotamiento de la vía administrativa y la vía judicial nos preguntamos:  ¿Cómo puede el INSS o cualquier despacho de abogados (como hemos podido ver estupefactos) alentar a los ciudadanos de “a pie” a que autorellenar y presentar un MODELO DE RECLAMACIÓN PREVIA abocado al fracaso? Algo incomprensible y profesional y éticamente imperdonable por varias razones:

1.-El ciudadano de “a pie”, por inexperiencia, no tiene porqué conocer la técnica ni el vocabulario necesarios y obviar o equivocarse en aspectos que posteriormente puedan traer las consecuencias fatales mencionadas anteriormente.

2.- “Cada caso es un mundo”. Más aún en materia de Incapacidad Permanente, cada procedimiento es único y distinto a todos: lesiones, profesión, limitaciones orgánicas y funcionales, base reguladora, informes NO valorados por la Inspección Médica, lesiones OMITIDAS en la resolución del INSS, informes médicos probatorios aportados a la causa desde la reclamación previa… Y así un largo etcétera que NO debemos omitir.

Por eso, desde Tribunal Médico DESACONSEJAMOS enérgicamente que rellenéis un modelo de RECLAMACIÓN PREVIA, ya sea de Seguridad Social o, peor aún, facilitado por algún despacho de abogados que os planteen el «hazlo tú mismo» para así que te lo denieguen sistemáticamente y puedan hacerse con “el caso” con pocas expectativas de futuro. Profesionales que se aventuran a gestionar los procesos judiciales sin tan siquiera tener una cobertura médica que permita conocer previamente las posibilidades REALES de éxito.

Esto no quiere decir que no luchéis. Al contrario, animamos a las personas que se encuentran ante esta situación (una resolución del INSS que le deniega su pensión) que luchen por su derecho y NO “tiren la toalla”, pero hacerlo bien y NO cayendo en «autorellenables»  reclamaciones previas,  el “recurso trampa”.

La ética profesional y personal ha de primar por encima de todo.

Más información:

www.tribunalmedico.com

Fuente: Tribunal Médico

Deja un Comentario

Tu dirección de email no será publicada.

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

COVID y cumplimiento de las medidas sanitarias: Las empresas pueden sancionar e incluso despedir a trabajadores por conducta irresponsable o negligente

¿Qué ocurre si un trabajador, por conducta irresponsable o negligente, es positivo COVID pero continúa yendo a trabajar y contagia al resto de compañeros, generando así un grave perjuicio a la empresa? Octubre, 2020 – El COVID-19 ha provocado la imposición por parte del Gobierno de medidas de protección sanitaria para evitar contagios. De esta manera, el uso obligatorio de ... Leer Más »

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

¿Puedo trabajar en otra empresa si estoy en un ERTE?

Trabajar en otra empresa durante un ERTE es legal, pero se interrumpirá la prestación por desempleo. Sería ilegal trabajar para la misma empresa que realizó el ERTE. La empresa podría incurrir en una sanción muy grave, viéndose expuesta a sanciones económicas de hasta los 187.515 euros. Madrid, 1 de octubre de 2020.- Ante la prórroga de los ERTE en algunos ... Leer Más »

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

¿Puede un interino tener derecho a una excedencia voluntaria? (STSJCV 597/2020, de 16 de septiembre)

Si un funcionario interino desempeña el mismo puesto de trabajo, se le exige la misma titulación y desempeña idénticas funciones que un funcionario de carrera, ¿por qué va a existir esa desigualdad a la hora de reconocer una situación de excedencia voluntaria? Esta es la controversia que se ha encargado de resolver la Sección Segunda de la Sala de lo ... Leer Más »

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

Siete aclaraciones sobre la nueva Ley del Trabajo a Distancia

El Teletrabajo, ha venido para quedarse, tras la crisis generada por el covid, como medida sanitaria para evitar los rebrotes. Por esta razón el gobierno, se ha visto obligado a tramitar una ley que lo regule La Ley de Trabajo a Distancia está casi lista para su aprobación tras varios meses de negociación y diálogo con los agentes sociales. Y ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día