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Procedimiento electrónico para la publicación de las memorias de responsabilidad social

La Orden ESS/1554/2016, de 29 de septiembre, (BOE del 1 de octubre) regula el procedimiento para el registro y publicación de las memorias de responsabilidad social y de sostenibilidad de las empresas, organizaciones y administraciones públicas.

En el ámbito de la responsabilidad social, un número creciente de organizaciones públicas y privadas publican memorias o informes de responsabilidad social, que adoptan diversos nombres y con una variadísima tipología en cuanto a su estructura, a través de las cuales dan a conocer sus buenas prácticas en la materia y los resultados obtenidos en sus políticas internas dedicadas a aspectos como la sostenibilidad ambiental, el buen gobierno o el consumo responsable, entre otros muchos aspectos.

A pesar de la gran variedad de este tipo de informes o memorias de responsabilidad social, es cierto que existen varias metodologías, aceptadas internacionalmente, que suelen servir de modelo u orientación, aunque en otros casos las propias organizaciones elaboran sus modelos propios para reportar este tipo de información.

Las memorias o informes sobre responsabilidad social empresarial que las organizaciones realizan no son un mero informe más, sino una forma de dar a conocer a la sociedad sus actuaciones y su compromiso con determinados principios y con una forma de organizarse y dirigirse más sostenible y preocupada por sus grupos de interés.

La orden tiene por objeto establecer el procedimiento electrónico para la recepción y registro de las memorias de responsabilidad social y de sostenibilidad, así como de los informes que den respuesta a la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, y proceder, en su caso, a su publicación en el portal Web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Pretende, en primer lugar, dar visibilidad a las iniciativas y políticas que, en materia de Responsabilidad Social, desarrollan las empresas y organizaciones, tanto públicas como privadas, así como las administraciones públicas. Asimismo, se reconocerá este ejercicio de transparencia a aquellas entidades que lo soliciten, una vez hayan enviado su memoria o informe y ésta haya sido publicada.

En segundo lugar, y en el caso de que las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos, deseen publicar la información requerida a través de un informe separado del informe de gestión, podrán hacerlo a través de este procedimiento, indicando tal circunstancia en el informe de gestión.

Las Memorias deberán incluir información sobre, al menos, alguno de los ámbitos siguientes, y de acuerdo a la materialidad y especificidad de la entidad proponente:

Transparencia en la gestión.

Buen gobierno corporativo.

Lucha contra la corrupción y el soborno.

Compromiso con lo local y el medioambiente.

Mejora de las relaciones laborales.

Políticas de accesibilidad universal e inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social.

Políticas de diversidad e igualdad.

Consumo responsable y sostenible.

Información sobre aspectos ambientales, sociales y de buen gobierno (criterios ASG).

Respeto, protección y defensa de los derechos humanos, en toda la cadena de suministro de la entidad proponente.

Opiniones de los grupos de interés.

Cualesquiera otras que muestren un compromiso con los valores y principios de la responsabilidad social empresarial y la sostenibilidad.

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